El Concejo Deliberante del municipio bonaerense de General San Martín aprobó una ordenanza que crea la Red de Dispensarios de Cannabis para Uso Medicinal y/o Terapéutico, un paso clave para garantizar el acceso seguro y legal a productos derivados del cannabis.
La medida, que entrará en vigencia a partir de enero de 2025, se inscribe en el marco de la Ley Nacional de Cannabis Medicinal (27.350) y busca brindar respuesta a una demanda concreta de personas usuarias, asociaciones civiles y profesionales de la salud.
En los considerandos, la norma reconoce al cannabis como parte del derecho a la salud integral y señala la necesidad de facilitar el acceso a sus derivados mediante la habilitación de espacios legales, especialmente en un contexto donde la importación de productos resulta restrictiva o costosa.
«Decidimos avanzar con este proyecto porque tenemos claro como equipo que la agenda del cannabis para uso terapéutico y medicinal y la agenda del cannabis en general requiere un fuerte anclaje territorial», cuenta a THC la concejala Xana Rodríguez (FR), quien encabezó la presentación del proyecto.

Lo cierto es que el cannabis forma parte del sistema sanitario del municipio desde hace años.
Desde 2020, en base ordenanza que adhiere a la Ley Provincial de Cannabis Medicinal y Terapéutico las organizaciones de la sociedad civil ya articulan con los centros de atención primaria de la salud donde ser prescribe cannabis.
«Es una ordenanza de vanguardia en la provincia de Buenos Aires y esta nueva ordenanza y esta nueva ordenanza viene a darle un marco legal a esa situación para garantizar el acceso al cannabis y sus derivados», explica Rodríguez.
¿Qué establece la ordenanza?
Se trata de la primera ordenanza de su tipo, te contamos cuáles son los puntos clave.
Creación de la Red de dispensarios
Se establece formalmente la Red de Dispensarios de Cannabis en el ámbito municipal. Esta red articulará asociaciones, efectores de salud y el Estado local.
La ordenanza regula la habilitación, funcionamiento, control e inspección de estos espacios dentro del municipio. Se aplicará en conjunto con las normativas vigentes de salud y seguridad.
Los dispensarios estarán sujetos a inspecciones y controles municipales, y deberán cumplir con lo que establezca el programa local de acompañamiento a pacientes usuarios de cannabis.
Uno de los temas más sensibles en los municipios son las habilitaciones. En este caso, la ordenanza garantizaría que los dispensarios puedan estar en el marco de la normativa municipal.
De hecho, la normativa incorpora la categoría “Dispensario de Cannabis para uso Medicinal y/o Terapéutico” al Nomenclador de Actividades Económicas local.
«La inclusión de una nueva categoría en el Código de Ordenamiento Urbano viene a responder una necesidad de las ONGs de poder contar con un espacio abierto de cara al público, un local donde poder dispensar sus productos de manera clara, de manera transparente, libremente dentro del marco de la normativa que nos rige hoy a nivel nacional y a nivel provincial», detalla Rodríguez.
«Queremos facilitar la apertura de locales a la calle donde los usuarios y las usuarias puedan entrar libremente sin necesidad de estar escribiendo un mensajito, sin necesidad de esconderse, sin necesidad de tener miedo y sobre todo empezando a garantizar seguridad en los productos que consumen», profundiza la concejala.
Objetivos principales de la ordenanza
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Asegurar el acceso al cannabis medicinal.
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Vincular el sistema de salud local con las ONG habilitadas por el Ministerio de Salud de la Nación.
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Promover la calidad y seguridad sanitaria de los productos.
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Facilitar la generación de información sobre su uso y distribución.
¿Qué es considerado un dispensario?
Es un establecimiento autorizado a dispensar plantas, semillas, inflorescencias y derivados del cannabis, gestionado por asociaciones civiles o fundaciones sin fines de lucro, debidamente registradas ante Personas Jurídicas y el REPROCANN nacional.

Quiénes pueden habilitar dispensarios
Solo podrán hacerlo asociaciones civiles y fundaciones sin fines de lucro registradas en el REPROCANN y habilitadas para el dispendio de cannabis.
Será con una serie de requisitos:
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Estar inscriptos en el REPROCANN.
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Presentar estatuto y acta de autoridades vigentes, aprobadas por Personas Jurídicas.
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Contar con certificado de vigencia.
Además, deben cumplir con la normativa general de habilitaciones municipales.
Además, toda organización habilitada deberá inscribirse en el nuevo Registro de Dispensarios, dentro de los 60 días de recibir su habilitación.
Cada año, deberán presentar:
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Cantidad de usuarios mensuales atendidos.
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Tipo y cantidad de productos dispensados.
«Es muy importante que las organizaciones de la sociedad civil se empiecen a adecuar a los requisitos del REPROCANN», subraya Rodríguez.
«Esperamos que sean muchas las que pueden acceder a la certificación que da el REPROCANN para poder dispensar cannabis y derivados del cannabis», agrega.
En cuanto a los posible retrasos que se produzcan en el REPROCANN por razones ajenas a las ONGs Rodríguez es clara: el municipio de San Martín va a acompañar a las organizaciones locales para que puedan operar dentro de dentro de la legalidad.
Sin embargo, de momento, en la provincia de Buenos Aires sigue siendo potestad del Estado Nacional, a través del Ministerio de Salud, dar legalidad al trabajo de las ONGs y los proyectos de investigación.
Quienes podrán acceder al cannabis en los dispensarios
En principio la reglamentación no va a a determinar quiénes pueden acceder o no. «Nosotros entendemos, a partir de una normativa nacional, son las ONGs las que resuelven a quien pueden dispensar», explica Rodríguez.
De hecho, cualquier ONGs que logre la inscripción en REPROCANN tiene que garantizar los mecanismos para asegurar al transparencia en la relación con las personas a las que dispensa. No es potestad del municipio establecer esos criterios.
Con esta norma, San Martín se suma a los municipios del país que buscan establecer un marco local integral para el acceso al cannabis medicinal. En este caso a través del modelo de dispensarios gestionados por ONG, reforzando el vínculo entre el sistema de salud pública y los usuarios del REPROCANN.