El Instituto Nacional de Semillas (INASE) ha oficializado la prórroga por 60 días de los permisos para criadores y comercializadores de semillas de Cannabis sativa L. mediante una resolución publicada hoy en el boletín oficial.
La medida, que extiende la validez de las habilitaciones hasta el 31 de julio y será por única vez acorde la texto oficial, da un respiro parcial a los operadores y buscaría permitir que la Agencia Reguladora de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) avance en la definición de un marco regulatorio más claro para el cannabis medicinal.
La decisión de prorrogar las licencias de producción y venta, que habían expirado el pasado 31 de mayo, llegó tras 48 horas de incertidumbre en el sector. Sin embargo, pasaron 12 días hasta la oficialización de dicha decisión a través de una resolución.
Según se desprendía ya del anuncio publicado inicialmente, la instrucción directa de ARICCAME fue clave para avanzar en una prórroga de los vencimientos, lo que permitió que todas las semillas registradas y las personas autorizadas a producir, reproducir, hacer esquejes, distribuir y comercializar variedades de cannabis sigan dentro de la ley.
El marco regulatorio
La resolución de INASE sostiene que la prórroga de 60 días buscaría asegurar que todos los operadores puedan cumplir con los requisitos de renovación, alineándose con los principios de la Ley N° 27.669 de marco regulatorio para la industria del cannabis medicinal y el cáñamo.
El objetivo es consolidar un registro de operadores de cannabis en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas mientras se establecen reglas claras para las genéticas medicinales.
Uno de los puntos más relevantes de la resolución se encuentra en sus «considerandos», donde se argumentan las razones que llevaron al bloqueo del registro de semillas para quienes trabajan con cannabis medicinal.
La resolución señala: «Que este año en particular se ha dado una situación que amerita tomar medidas extremas en cuanto a la vigencia de los operadores de la especie cannabis sativa L. que, por diferentes circunstancias se vieron imposibilitados de renovar la anualidad dentro de los plazos establecidos.»
Sin embargo, no se especifican con claridad cuáles son estas situaciones o riesgos concretos.
La justificación oficial del INASE se centra en la necesidad de que el registro de semillas de cannabis medicinal se adapte al marco normativo de las Ley Nacional de Cannabis Medicinal (27.350) y la Ley de Marco regulatorio para la Industria del Cannabis Medicinal y el Cáñamo (27.669), cuyas autoridades de aplicación son el Ministerio de Salud de la Nación y ARICCAME.
Según la resolución, este plazo adicional también permitiría la adecuación a lo dispuesto por la última resolución del Ministerio de Salud en donde se establece que toda persona física o jurídica que cultive para un tercero deberá hacerlo con semillas debidamente registradas.