El Gobierno de Mendoza publicó una resolución para formalizar un registro provincial de profesionales que prescriben cannabis medicinal, pero con un condicionante central: solo podrán indicarlo aquellos médicos que posean especialidades específicas.
La decisión se da en el marco de la reglamentación de la ley provincial 9617, que establece el marco normativo integral para el desarrollo de la cadena de valor del cannabis medicinal y del cáñamo industrial en Mendoza.
En dicha norma, el estado provincial definió la necesidad de crear una suerte de Reprocann provincial, es decir, un sistema propio para que médicos y pacientes se inscriban y vinculen, tal como ya existe a nivel nacional.
En este contexto, se publicó la resolución del Ministerio de Salud y Deportes que generó una serie de dudas y preocupaciones en la comunidad médica local.
Qué dice la resolución provincial
En concreto, la resolución formaliza la creación del Registro Provincial de Médicos Prescriptores de Cannabis de uso medicinal.
Acorde al texto, el registro es obligatorio para «los profesionales médicos que indiquen o prescriban el uso medicinal del Cannabis o se desempeñen como Directores Médicos de Asociaciones, Fundaciones y demás Personas Jurídicas».
El punto crítico son algunas de las condiciones que se establecen para la inscripción de los médicos.
Puntualmente, la resolución sostiene que los médicos deben contar con una «formación específica acreditada en farmacología clínica de cannabinoides, salud mental y consumos problemáticos, buenas prácticas de prescripción y fármaco vigilancia».
A su vez, esa formación deberá contar con aval institucional del Ministerio de Salud y Deportes y «respaldo académico-científico reconocido».
Por otra parte, se exige a los médicos contar con una especialidad acreditada en la Provincia de Mendoza, en psiquiatría, neurología o en la subespecialidad dolor y cuidados paliativos.
En los considerandos el Ministerio de Salud asegura que estas condiciones buscan proveer un marco de «seguridad jurídica» y profesionalismo, alineando la provincia con estándares de control de sustancias controladas.
La respuesta de los profesionales locales
Sin embargo, el anuncio no fue bien recibido por todos. La organización Pueblo Verde, conformada por médicos y científicos con años de trayectoria en el área, emitió un comunicado calificando la resolución de «inadecuada desde el punto de vista sanitario».
Los argumentos de este grupo de especialistas que vienen trabajando desde hace años con cannabis se centran en tres ejes fundamentales:
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La evidencia científica sobre el Sistema Endocannabinoide: acorde a los estudios que vienen desarrollándose desde los años 60, este sistema regula procesos en todo el cuerpo (inmunológicos, endocrinos, gastrointestinales). Por lo tanto, limitar el tratamiento con cannabis a solo algunas especialidades contradice la naturaleza misma de cómo funcionan los compuestos de la planta en el organismo.
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Conflicto con la Ley Nacional: El comunicado destaca que la Ley Nacional 27.350 permite que profesionales de «todas las ramas de la medicina» acompañen estos tratamientos. Mendoza, al restringirlo, estaría creando una barrera de acceso que no existe a nivel federal.
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Falta de formación académica: Los médicos señalan que el problema no se resuelve con restricciones, sino con capacitación. «La histórica ausencia de formación en cannabis dentro de la medicina académica es lo que genera pocos profesionales formados; las restricciones solo agravan la situación», sostienen desde la ONG.
Por otra parte, surge la preocupación de los especialistas por la accesibilidad a los tratamientos. Según los especialistas, al limitar el número de médicos habilitados, se corre el riesgo de saturar a los pocos especialistas registrados o, peor aún, empujar a los pacientes de regreso al mercado informal o al uso sin acompañamiento médico.
Las preguntas que quedan abiertas
Más allá de las observaciones de los médicos, se abren varias preguntas sobre la implementación de la norma, son puntos que podrían clarificar el escenario.
Respecto a las formaciones requeridas: ¿qué criterios concretos se aplicarían para considerarlas válidas? Esto permitiría tener presente si ya existen instancias académicas reconocidas por la provincia o no.
Por otra parte, en la misma resolución se sostiene que el Ministerio de Salud «podrá ampliar las especialidades y/o subespecialidades conforme a la evołúción de la formación profesional». Esto abre otra pregunta: ¿cómo los profesionales de otras especialidades podrían pedir esa ampliación para ser contemplados?
Finalmente están las dudas respecto a la articulación con la normativa nacional: si un profesional radicado en Mendoza está inscripto en el Reprocann y prescribe cannabis, ¿tendría una sanción de no estar inscripto en la provincia? Es más, ¿habría una infracción si un médico no radicado en Mendoza, también inscripto en Reprocann, prescribiese cannabis a una persona residente en la provincia por medio de un sistema de consulta a distancia?
THC se comunicó con las autoridades provinciales a fin de obtener mayores certezas. La respuesta oficial fue que se están evaluando modificaciones y que se darían a conocer la semana que viene.

